De la autonomía a la dependencia, del ahorro al riesgo

By 28 septiembre, 2018Derecho laboral
Diseño sin título (70)

Las últimas sentencias acerca de los autónomos que ejercen sus funciones para las empresas Deliveroo y Globo, así como el plan Director para 2018-2020 publicado por el gobierno, en el cual se pretende el afloramiento de un gran número de falsos autónomos, nos ha confirmado lo que hace tiempo veníamos observando en el despacho por consultas que nos han ido realizando y es que el término autónomo ha ido perdiendo su propia esencia, la cual es la autonomía de voluntad.

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Según su definición la autonomía de voluntad es la “capacidad de los sujetos de derecho para establecer reglas de conducta para sí mismos y en sus relaciones con los demás dentro de los límites que la ley señala” (1) RAE, pero tal y cómo hemos avanzado anteriormente, este concepto ha ido desvirtualizándose durante hace ya unos años, motivado e impulsado principalmente por la crisis económica sufrida des de 2008, pues durante la duración de la misma, muchas empresas se vieron obligadas a realizar una estructuración de costes laborales y a su vez estaban sometidas a la necesidad de tener personal para la producción o realización de sus productor o  servicios, lo que conllevó a que muchas de ellas, optaran erróneamente por modelos de relaciones laborales que aparentemente ahorraban en seguridad social y minimizaban el riesgo de tener posible pleitos de carácter laboral.

Pues bien, esta situación ha dado lugar en bastantes casos, a que el trabajador autónomo, el cual debe decidir sus condiciones de trabajo y establecer sus negociaciones con otras empresas para la realización de su productos o servicios, ha pasado a ser un trabajador dependiente de las órdenes de la empresa, sin libertad de decisión en aspectos relevantes acerca de sus condiciones de trabajo y abonándose él la seguridad social.

Muchas de las empresas que han optado por este modelo de relación laboral, que es lo que se conoce cómo falso autónomo, han pensado que estableciendo este tipo de relación existe un ahorro real de costes, cómo puede ser el correspondiente a la seguridad social, y una minimización de los riesgos en cuanto a posibles reclamaciones en el ámbito laboral al no estar bajo la regulación normativa del Estatuto de los Trabajadores.

Pero optar por este tipo de relación laboral del falso autónomo produce un ahorro real para la empresa? Pues bien, la respuesta es NO, pues cuando una decisión empresarial comporta un riesgo  económico a medio-largo plazo, no puede suponer un ahorro real para ninguna empresa.

Los riesgos económicos que comporta una relación laboral de falso autónomo para una empresa que decida su contratación pueden ser las siguientes.

  • Que se produzca una Inspección de Trabajo y la empresa se vea obligada a pasar el “falso trabajador autónomo” al régimen general, lo que comportará cotizar las diferencias de bases de cotización del régimen autónomo al régimen general de la seguridad social aumentadas con el 20% de recargo, así como la correspondiente sanción administrativa por incumplimiento laboral.
  • Idéntica situación puede suceder si el falso trabajador autónomo denuncia la situación ante los Juzgados de lo Social.
  • Por otro lado no puede suponer un ahorro para una empresa, por cuanto está omitiendo el abono a la seguridad social del trabajador y por tanto ese concepto que sería un gasto a deducir en su cuenta de pérdidas y ganancias, no se puede reflejar, viéndose alterado el resultado del mismo y por tanto no siendo real.
  • Y en tercer lugar, no puede suponer un ahorro por lo que respecta a la política de Recursos Humanos de la empresa, pues con estos modelos de falsa contratación, ni se pueden crear equipos eficaces de trabajo ni puede existir una motivación de los trabajadores, dando lugar así a que se vea afectada la productividad de la empresa y en consecuencia la obtención de los resultados económicos esperados.

Por tanto la contratación de falsos autónomos solo da lugar a una mayor liquidez mensual, no siendo por tanto una buena decisión para reducir costes, pues se consigue un hipotético ahorro efímero para llegar a un elevado y real riesgo económico.

En nuestro siguiente blog hablaremos de los diferentes tipos de autónomos que existen y sus características principales, pues conociendo bien la regulación de los mismos, podemos llegar a colaborar con estos colectivos de una forma legal y sin riesgos para nuestras empresas.

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